viernes, 26 de septiembre de 2008

25 Formas diferentes de dibujar un concurso

Córdoba, 13 de Junio de 2008


Sra. Rectora de la
Universidad Nacional de Córdoba
Dra. Silvia C. Scotto
S/D

Hace dos años atrás, bregando por la transparencia y equidad de los concursos docentes, presenté a la Defensoría de la Comunidad Universitaria la nota adjunta en la que entre otras cosas se mencionaba “Es lamentable que a los 88 años del cumplimiento de la reforma universitaria se tenga que analizar la presente situación, cuando uno de sus pilares era justamente la de los llamados a concursos públicos. Pero más que lamentable, sería vergonzoso si no se toman los recaudos necesarios para dejarlo sin efecto y se garantice que en ninguna otra dependencia de la Universidad pueda volver a ocurrir situaciones como la planteada.”

Desafortunadamente la falta de una respuesta oportuna, que todavía no ha llegado, ha transformado en realidad la advertencia antes mencionada, demostrando una vez más como Ud. denunciara en el acto de asunción “la necesidad de terminar con la insoportable cultura del autoritarismo y la prepotencia” cuya síntesis queda expresada en el informe adjunto en el que se pregunta ¿Concurso docente o simplemente dibujos? y se detallan 25 ejemplos ocurridos en la Facultad de Ciencias Económicas.

Hoy, en el 90 Aniversario de la reforma universitaria la mejor forma de rendir homenaje es desterrando estas prácticas con un proceso de transformación que enfaticen la transparencia de todos los actos administrativos junto al acceso de la información para transformarse en los pilares de los valores y la responsabilidad social que deben caracterizar a todas las organizaciones.

Es por ello que sugiero se incorporen los siguientes puntos al actual régimen de concursos
a) Establecer por Ordenanza los conceptos y puntajes de valoración de cada uno de los sub-items que componen los antecedentes y clase de oposición y hacer obligatoria la confección de esta planilla valorizada en todos los concursos.
b) Establecer un registro audiovisual para la Prueba de Oposición que sirva como instrumento de prueba y también de aprendizaje para que los estudiantes puedan acceder a través de sus respectivas bibliotecas.
c) Permitir al ciudadano, que contribuye con su esfuerzo al presupuesto universitario, acceder vía Internet a los antecedentes docentes, concursos y evaluación de gestión, junto a otros temas que puedan resultar de su interés y debieran ser relevados.

Negar la necesidad de los puntos anteriores es no comprender la importancia de su impacto en la calidad educativa y que hoy explica por qué nuestra universidad, siendo una de las primeras fundadas en América, ni siquiera puede ser ubicada en un ranking de las 500 mejores universidades del mundo. Recuperemos el camino perdido, porque como Ud. bien ha mencionado “La conciencia de la identidad histórica es el único horizonte de sentido”.

Atentamente,


Mgter Miguel Blázquez





¿CONCURSO DOCENTE O SIMPLEMENTE DIBUJOS?
25 Ejemplos ocurridos en concursos docentes de la Facultad de Ciencias Económicas


1)No se publica el listado de los veedores titulares y suplentes como correspondería hacerlo en forma conjunta con la identidad de los miembros del tribunal de evaluación.
2)No se hacen presente los veedores estudiantiles ni egresados como lo establece la legislación
3)En los expedientes del concurso no figuran las notificaciones a los veedores suplentes.
4)A pesar de que no se hacen presentes los veedores en forma reiterada, tampoco se indagan los motivos de su ausencia ni se tiene conocimiento de que se hayan aplicado sanciones como lo establece claramente la legislación vigente.
5)Se desconocen los reclamos que previamente a la realización del concurso se han realizado en forma reiterada a las autoridades para que se haga efectiva la presencia de los veedores en los concursos.
6)A pesar de la ausencia de los veedores no se permite ningún tipo de registración de la clase pública.
7)La Defensoría de la Comunidad Universitaria no da ninguna respuesta a los numerosos reclamos sobre los puntos antes mencionados.
8)En un concurso uno de los miembros del jurado indujo a los postulantes a que se formalizara una nota para que “no se permita la filmación ni la grabación de las clases de oposición por parte de persona alguna” con el agravante intimidatorio de “dejar constancia que el Lic. Blázquez se niega a firmar la presente”.
9)En otros concursos el rango de calificación que debe ser de 1 a 10 como establece la ordenanza se le asigna a un postulante (que salió 1ro) un valor superior de 12 puntos.
10)Las ponderaciones asignadas a los distintos concursantes asumen cualquier valor, al punto tal que la sumatoria en sus valores máximos supera al 100%.
11)La valoración de los diferentes subitems que componen el rubro antecedentes, no responden a ningún criterio académico ni científico; por ejemplo: “experiencia personal” supera en un 400%, al de “reconocimiento y distinciones”.
12)No existe conocimiento previo sobre el régimen de calificación y ponderación que se va a aplicar en los diferentes subitems que componen la evaluación de títulos y antecedentes y prueba de oposición.
13)En algunos concursos los miembros de jurado omiten directamente confeccionar esta grilla de valoración con los diferentes subitems que conforman el concurso.
14)Tampoco se respeta lo establecido en la legislación vigente en el peso relativo que tiene en forma general los; antecedentes, clase y entrevista personal.
15)Uno de los Miembros de Jurado en la Clase de la prueba de oposición, le informa a uno de los postulantes que el proyector se acaba de romper y luego en el dictamen se informa que el postulante no supo utilizar la mencionada tecnología.
16)Se sortean temas para la Clase en la prueba de oposición cuyos contenidos no pueden ser identificados ni en la bibliografía básica ni en la bibliografía complementaria.
17)En relación al punto anterior el tema seleccionado se encontraría en la plataforma web de la materia, pero por razones “técnicas” fue retirado en los días del sorteo.
18)La respuesta por parte de los miembros del tribunal al punto anterior se transforma en un agravio a mi persona “Consideramos que si la asignatura y su contenido es de interés del Mg. Blázquez, podría haber consultado y obtenido el material que dice no disponer, mientras se dictaba la materia en el cuatrimestre correspondiente”
19)Se presentan en el sorteo temas totalmente iguales entre los diferentes miembros del Jurado. Es casi imposible justificar la coincidencia cuando el tema está compuesto por 40 palabras que no coinciden literalmente con ningún punto específico del programa.
20)No se valora adecuadamente el “sentido critico” desarrollado en la clase de la prueba de oposición, al punto que tampoco se reconoce la existencia de una bibliografía oficial con libros que han dejado de editarse, con más de 25 años de antigüedad.
21)En otro concurso un profesional que concursaba su propio cargo con una antigüedad de más de 25 años en la docencia se le asigna un puntaje final de 3.96 y se establece un valor mínimo de 4. Se informa además que en dicho concurso quedó un cargo vacante.
22)Se hace mención en las impugnaciones a “lógicas; infundadas, inconsistentes, confusa, vacía de contenido, tautológicas” y en la ampliación del dictamen no se analiza ninguno de estos puntos
23)Se da curso a la presentación de mail de cuentas personales, para establecer acusaciones infundadas, por parte de uno de los Miembros de Jurado contra mi persona.
24)La demora “oficial” en los trámites de impugnación se hace injustificable, al punto que existen “algunos” expedientes que llevan más de un año a la espera de resolución en la Dirección de Asuntos Jurídicos.
25)Otro ejemplo del punto anterior es la carta que tuve que presentar en el propio Rectorado para lograr que la Facultad de Ciencias Económicas autorizara a “correr vista” a uno de los tantos expedientes impugnados.



Nota Aclaratoria: Las situaciones anteriores han sido debidamente expuestas en los informes de impugnación sobre el dictamen y ampliación de dictamen de los siguientes números de expedientes:110649972, 110651433, 110650684, 110758390, 110650986, 110758544 , 110759064.
Se informa que muchos de ellos se encuentran en el Rectorado para su resolución definitiva, luego que la Dirección de Asuntos Jurídicos y el Consejo de la Facultad desestimaran, entre otros aspectos, los puntos antes mencionados.